martes, 15 de noviembre de 2016

Especies prohibidas para la pesca en Andalucía. PROTEGIDAS

ESPECIES PROTEGIDAS. NO PESCABLES. AUTÓCTONAS.

Estas especies que aparecen a continuación, no pueden pescarse y en caso de que entren en caña hay que devolverlas al agua.







ANGUILA (Anguilla anguilla)

Especie protegida en Andalucía. PROHIBIDA su pesca.
 Se conoce la reducción progresiva de su número en nuestras aguas. Sus problemas de supervivencia comienzan por una reproducción compleja: la anguila europea se reproduce a más de 400 metros de profundidad cerca de las costas americanas de florida (mar de los Sargazos), nace una larva con forma aplastada que nada hasta las costas europeas, entra por la desembocadura del Guadalquivir y se transforma en Angula. La angula crece en la desembocadura y se convierte en anguila joven, esta comienza a ascender río arriba para madurar en las zonas medio-altas, y convertirse en ejemplar adulto. Una vez adulta, madura hasta hacerse reproductora, y posteriormente vuelve al mar, para dirigirse de nuevo al mar de los Sargazos donde completa el ciclo. Este ciclo puede dura más de una quincena de años.
La pesca abusiva de la angula es otro de sus problemas (aunque hoy día, este punto se encuentra regulada, y existe un acuerdo entre pescadores y Junta de Andalucía, por el que un porcentaje de angulas pescadas son destinadas a cría en cautividad).
Otra dificultad para esta especie, somos los pescadores deportivos. Aunque es muy complicado que los pescadores de caña podamos crear un impacto de importancia en las poblaciones de cualquier especie, hay que tener en cuenta que los ejemplares de anguila capturados con caña, son los supervivientes de una criba de miles de hermanos que partieron su viaje desde las costas americanas, y su muerte, hace disminuir las posibilidades de nacimiento de angulas futuras, ya que no muchos de los individuos de una puesta llegan a adultos. Y hay que tener en cuenta también, que muchos pescadores, al ver que la anguila se ha tragado el anzuelo en el interior de la boca, donde no es posible su manipulación, optan por matarla (por miedo y/o desconocimiento), para así recuperar el anzuelo. Este es uno de los actos más graves que puede cometer un pescador deportivo, por la importancia de la especie y la sensibilidad actual de las poblaciones en nuestra región. En el caso de que se trague el anzuelo hasta zona inaccesible, y si no se ha conseguido llegar hasta él (ayudan los alicates de puntas largas, destinados a sacar los azuelos), lo correcto es cortar el sedal y dejar libre al ejemplar con el anzuelo clavado (ella conseguirá deshacerse de él, con el tiempo).
Otro de los problemas que sufre,  es la modificación de hábitat por pate del ser humano, e implantación de presas u otros obstáculos que le impida su migración hacia zonas altas del río en el proceso de maduración. Si es verdad, que este punto lo soluciona este animal con rutas alternativas (es un animal resistente que puede incluso hasta salir del agua para pasar de una zona de agua a otra).
La anguila es una especie depredadora (actualmente, la única no introducida de nuestras aguas), se alimenta fundamentalmente de peces.







SABOGA (Alosa fallax)

Especie protegida PROHIBIDA SU PESCA.
 A veces los pescadores capturan peces semejantes a sardinas en el Guadalquivir, y otros grandes ríos, estas "sardinas", son sábogas y sábalos. Especies que provienen del mar y entran en los ríos para su reproducción.  Es por esto que se encuentra protegida como especie no pescable, y en el caso que se pesque de forma fortuita hay que devolverlas inmediatamente al agua. Es un animal que se muere especialmente pronto fuera del agua. Es fácil verlas por el Guadalquivir en primavera.





SABALO (Alosa alosa)

Especie protegida PROHIBIDA SU PESCA.
 Especie marina que entra en los ríos a la reproducción.







LAMPREA (Petromizon marinus)

Especie pretegida PROHIBIDA SU PESCA.
 La lamprea marina es una especie, que vive como parásito de tiburones y peces de gran tamaño en los océanos alimentándose de su sangre. En la reproducción, la lamprea se suelta del tiburón y nada hacia las costas, por la que entra a las aguas continentales. Su pesca se realiza con nasas y otras trampas, y son capturadas en su ascensos por los río. En la comunidad gallega es típica y legal su pesca, y gastronómicamente muy apreciadas. En Andalucía no hay tradición de pesca de esta especie, y por lo tanto no se permite su pesca.





TENCA (Tinca tinca)

Especie protegida PROHIBIDA SU PESCA
Especie europea poco común en Andalucía. Fácil de distinguir por color verde o verdeazulado, y tacto aceitoso. En Extremadura se suele utilizar como cebo vivo para la pesca del lucio, siempre que se certifique su origen de criadero. Difícil de encontrar en Andalucía.



CACHO (Squalius pyrenaicus)

Especie protegida PROHIBIDA SU PESCA.
Presentes en zonas medio-altas de ríos como la Cordillera subbética (como valle del Genal- Málaga), o zonas de embalses de sierra como embalse de Hueznar (Sevilla). 








COLMILLEJA-1 (Cobitis paludica)


COLMILLEJA-2 (Cobitis paludica)

Especie protegida PROHIBIDA SU PESCA. 
Especie de fondo, presente en zonas medio-altas de  ríos y arroyos de interior (habitual en sierra morena). Pez con poco interés gastronómico o deportivo. En ocasiones alguno pescadores furtivos la utilizan de forma ilegal como cebo vivo. La modificación del hábitat, como la extracción de gravas, es el motivo principal de que su número se haya visto reducido en los últimos años en mucho ríos de la cuenca del Guadalquivir.






PARDILLA-1 (Iberochondrostoma lemmingii)



PARDILLA-2 (Iberochondrostoma lemmingii)

Especie protegida PROHIBIDA SU PESCA. 
La Pardilla es una especie que se ha reducido mucho en número en las últimas décadas. El origen del nombre de la caña pardillera (caña sin carrete, de poco tamaño, máximo 4 metros),  hace referencia a la pesca de este pez en aguas poco profundas. Hoy día quedan relegadas a arroyos y pequeños río repartidos por Andalucía. Es poco frecuente su presencia en las zonas habituales de pesca deportiva en nuestra comunidad. Una de las características más señaladas para su identificación  es tener las aletas casi transparentes.






FARTET (Aphanius baetica)

Especie protegida  PROHIBIDA SU PESCA.
 Especie autóctona y endémica andaluza, que se encuentra en peligro de extinción. Suele habitar zonas salobres (como arroyos de agua salada y algunas lagunas). La convivencia con otras especies de peces es perjudicial para su supervivencia y las zonas salobres donde aparece no comparte hábitat con otros peces. Su presencia se traduce para la pesca, en creación de la zona de máxima protección "Refugio de Pesca", zona donde la pesca es considerada infracción muy grave (ver sección normativa. Ver sección de refugios de pesca en Andalucía).






PEJERREY-1 (Atherina boyeri)



PEJERREY-2 (Atherina boyeri)

Especie protegida PROHIBIDA SU PESCA.
 Los pejerreyes son peces de pequeño tamaño que habitan los tramos bajos de los grandes ríos andaluces y litorales salobres. Prefiere las aguas claras y sin corriente.  La competencia y la depredación de otras especies puede ser una de las causas de su disminución en número de los últimos tiempos.







CALANDINO-1 (Squalius alburnoides)



CALANDINO-2 (Squalus alburnoides)

Especie protegida PROHIBIDA SU PESCA.
 Especie autóctona presente en las zonas medio-bajas del Guadalquivir y Guadiana. Fácil de identificar por la línea medio-lateral oscura que se aprecia con facilidad.





AGUJA DE RÍO (Syngnathus abaster)

 Especie protegida PROHIBIDA SU PESCA.
 Especie poco conocida las zonas bajas de los ríos y marismas. Familia de los caballitos de mar. suele pescarse en nasa cangrejera y otras redes, difícilmente con caña.






ESPINOSO-1 (Gasterosteus aculeatus)


ESPINOSO-2 (Gasterosteus aculeatus)

Especie protegida PROHIBIDA SU PESCA.
Presente en varias zonas del litoral andaluz. Talla aproximada a 5 centímetros. En pocas ocasiones se pesca con caña debido a su pequeño tamaño.






JARABUGO-1 (Anaecypris hispanica)


JARABUGO-2 ( Anaecypris hispanica)

Especie protegida PROHIBIDA SU PESCA.
Endémica de la Cuenca del Guadiana. Pequeño pez que aparece por algunos riachuelos de la sierra de Huelva. Considerada en peligro de extinción.  Rara vez se pesca con caña debido a su tamaño.
Se distingue por una quilla entre las aletas ventrales y la anal, y el desprendimiento con facilidad de sus escamas. 





ESTURIÓN-1 (Acipenser sturio)



ESTURIÓN-2 (Acipenser sturio)

Especie protegida PROHIBIDA SU PESCA.
Nace en las zonas medio-altas del Guadalquivir, y viaja hasta la desembocadura, donde puede vivir hasta dos años, después se incorpora al mar, donde se dssarrolla, y finalmente vuelve al mismo río donde nació, para luego subir río arriba hasta la zona de desove.
Este periplo hace que su supervivencia sea complicada, entre otros motivos por barreras físicas (presa de Alcalá del Río) a la hora de subir a la zona de reproducción.
Fácil de distinguir por su morro pronunciado, que lo diferencia de otras subespecies de esturiones. 
Muy apreciado por sus huevas (caviar). En Río Frío reproducen esturiones en cautividad, pero otro subespecie (Acipenser nacarii) más apta para la cría en cautividad, pero que es hay discusión sobre la procedencia de esta especie y si se puede considerar autóctona de Andalucía o no.
Se captura fundamentalmente con red cuando asciende río arriba buscando las zonas de desove. Aunque no se descarta su posible pesca con caña, fundamentalmente cuando es conocida  su presencia, de más de un año, en la zona del estuario tras su nacimiento.






BOGARDILLA (Iberocypris palaciosi)

Especie protegida PROHIBIDA SU PESCA.
Autóctona de la Península Ibérica. Su presencia se limita a la zona alta del Guadalquivir, y ríos: Jándula, Robledo y Lumbar, donde su presencia se ha reducido en los últimos años debido entre otros motivos a los vertidos procedentes de Puertollano y a la regulación del embalse de Encinarejos.




domingo, 13 de noviembre de 2016

Embalses donde se permite la pesca del Black Bass y Lucio en Andalucía (Anexo VI)

Estos embalses aunque autorizados la pesca y devolución al agua del Lucio y Bass por la Orden General de Vedas del 2014, fueron derogados en principio por la Sentencia del Tribunal Supremo de Octubre de 2016. Esta Sentencia hace que se prohiba su devolución al agua en cualquier zona, aunque esta sentencia hace también que se prohiba su transporte vivo o muerto, por lo que NO TIENE sentido, no se puede hacer nada legal con ellos, por lo que no es aplicable.

Aún así hacemos referencia a los embalses donde podíamos pescar y devolver al agua los Bass según la Orden General de Vedas de Andalucía 2014:

ANEXO VI
Embalses y otras masas de agua autorizadas para la pesca del black-bass y lucio
El black-bass y el lucio únicamente se podrán pescar en las zonas autorizadas para la pesca de los embalses y tramos que se enumeran a continuación, y en su caso, con las restricciones que les pudieran afectar.
PROVINCIABLACK-BASS
CÁDIZEmbalses de: Zahara-El Gastor, Almodóvar, Arcos, Barbate, Bornos, Celemín, Charco Redondo, Guadalcacín, Guadarranque, Los Hurones
CÓRDOBA
Embalses de: Yeguas, Martín Gonzalo, Guadalmellato, Sierra Boyera, Puente Nuevo, La Breña, Vadomojón.
Fuera de la zona de Refugio de Pesca de los siguientes embalses: San Rafael de Navallana, , Bembezar.
En el embalse de Iznajar con los condicionantes y medidas excepcionales de pesca de la Disposición adicional tercera.
GRANADAEmbalses de
: Colomera, Cubillas, Béznar, Negratín.
En el embalse de Bermejales con los condicionantes y medidas excepcionales de pesca de la Disposición adicional tercera.
HUELVAEmbalses de: Candoncillo, Silillos I y II, Nerva, Jarrama, Zumajo, Corumbel, Beas, Odiel-Perejío, Campofrío, Asturiano–Olivarga, Sierra León, Cerro del Andevalo, Calabazar, San Miguel, Cabeza Rubias, Campanario, Piedras, Los Machos, Chanza, Andevalo, Aracena, Zufre, Tamujoso
JAÉNEmbalses de: El Tranco de Beas. Guadalen, El Dañador, Giribaile, Guadalmena, La Fernandina. Rumblar, Zocueca. Encinarejo, Jándula, Víboras.
MÁLAGAEmbalses de: Conde de Guadalhorce, Guadalhorce-Guadalteba, Tajo Encantado, La Viñuela, La Concepción, Casasola, El Limonero.
SEVILLA
Embalses de: Cazalla de la Sierra, Huesna, El Pintado, José Toran, Los Molinos de Castilblanco de los Arroyos La Minilla, Cala, Gergal, Puebla de Cazalla, Torre del Águila, Agrio.
Fuera de la zona de Refugio de Pesca del Embalse de Retortillo.
Tramos de ríos:
Tramo del Rio Viar que va desde la presa del Emb
alse de Melonares hasta Cantillana.
Tramo del Río Guadalquivir en Villaverde del Río.
Tramos de La Barqueta, y Chapina, en Sevilla
PROVINCIALUCIO
CÁDIZEmbalse de Zahara-El Gastor
CÓRDOBA
Puente Nuevo, La Breña y Guadalmellato.
Fuera de la zona de Refugio de Pesca del embalse de San Rafael de Navallana.
GRANADAEmbalse de Cubillas.
JAÉNEmbalses de: Guadalmena, La Fernandina, Giribaile, Zocueca y Rumblar
MÁLAGAEmbalses de: Conde de Guadalhorce, Guadalhorce-Guadalteba, La Viñuela, La Concepción

sábado, 12 de noviembre de 2016

Blog de la Pesca Deportiva en Andalucía- Club de Pesca El Delfín

Estimados Amigos:
Desde el Club de Pesca El Delfín hemos creado este Blog para que los aficionados a la Pesca Continental en Andalucía podáis consultar, opinar, preguntar o informaros de todo lo referente al mundo de la Pesca Deportiva en nuestra comunidad. Especies, normativa, técnicas, embalses y ríos y otras zonas de pesca, así como mantener un contacto directo con la pesca de aficionados y de competición de distintos clubes federados andaluces.

En poco tiempo y con vuestra participación, pretendemos crear un a página de referencia donde poder consultar cualquier asunto de la pesca en nuestra comunidad.

Seguiremos comunicados a través de este Blog. El Blog de la pesca.

Hasta Pronto

Javier Troncoso Mendoza.-Dr. Biología
Club de Pesca El Delfín.


jueves, 3 de noviembre de 2016

Fotos

 BANDERA CLUB DE PESCA "EL DELFÍN"- CONCURSO





CONCURSO CARP FISHING CLUB DE PESCA "EL DELFÍN"- EMBALSE DE TENTUDÍA- Monesterio (Badajoz)





CONCURSO CARP FISHING CLUB DE PESCA "EL DELFÍN"- EMBALSE DE TENTUDÍA- Monesterio (Badajoz)





CONCURSO CARP FISHING CLUB DE PESCA "EL DELFÍN"- EMBALSE DE TENTUDÍA- Monesterio (Badajoz)




Javier Troncoso e hijos- Embalse de Tentudía- Monesterio (Badajoz)





Percasol- Río Guadaira- Alcalá de Guadiara (Sevilla)




SAPO PARTERO (Especie Protegida)- Olivares (Sevilla)





Barbo- Río Guadiaro- Jimera de Líbar (Málaga)






FERNANDO DÍAZ- Presidente Club de Pesca "El Delfín"





CONCURSO CLUB DE PESCA EL DELFÍN- Arcos (Cádiz)- Enero 2017






CONCURSO CLUB DE PESCA EL DELFÍN- Arcos (Cádiz)- Enero 2017






 CONCURSO CLUB DE PESCA EL DELFÍN- Arcos (Cádiz)- Enero 2017









CONCURSO CLUB DE PESCA EL DELFÍN- Arcos (Cádiz)- Enero 2017






CANGREJO AUTÓCTONO PROTEGIDO- Río Guadiaro- Jimera del Líbar (Málaga)





 CONCURSO CLUB DE PESCA EL TRÍPODE (Villaverde del Río-Sevilla)
EMBALSE DE CAZALLA (Cazalla de la Sierra-Sevilla)











 CONCURSO CLUB DE PESCA EL TRÍPODE (Villaverde del Río-Sevilla)
EMBALSE DE CAZALLA (Cazalla de la Sierra-Sevilla)

Normativa Actualizada 2023

ASPECTOS DESTACADOS DE LA NORMATIVA DE PESCA CONTINENTAL EN ANDALUCIA:

 1.- HORARIO DE PESCA:
Desde una hora antes de la salida del sol hasta una horas tras su puesta, salvo autorización. (artículo 4. orden general de veda 2023).

 2.- ESPECIES PESCABLES, PROTEGIDAS Y PERÍODO DE VEDA EN LAS ESPECIES :
Ver página de "Especies".

3.- ESPECIES INVASORAS:
Prohibida su pesca (aunque nadie puede evitar que pique), tras su captura fortuita, legalmente no se pueden devolver al agua, y hay que darle muerte inmediata. invasoras: (ver Sección: "Especies prohibidas para la pesca. Invasoras"). Aunque no es lícito ni útil que nos hagan matar a los individuos de especies invasoras que pesquemos, hay que recalcar lo importante que es no introducir especies que no sean de nuestro medio y lo fundamental de la no expansión de estos individuos por nuestras aguas.

4.- BLACK BASS, LUCIO Y CARPA:
 Con fecha 21 de Julio de 2018, aparece la nueva ley que regula la pesca de las especies invasoras. En esta ley se refleja la pesca de las especies que se encontraban en el Catálago Español de Especies Exóticas Invasoras que en esta ley se denominan Naturalizadas: Black Bass, lucio y Carpa por ser de interés social y deportivo, pudiéndose pescar en las zonas donde hubieran aparecido antes del 2007. Estas zonas vienen reflejadas en la sección: "Zonas libres de pesca de Back Bass y Lucio en Andalucía" de esta página web.

5.- CAÑAS Y PESCADORES:
Se permite un máximo de 2 cañas por pescador (por licencia) y una separación máxima entre las cañas de 10 metros. A requerimiento de quién se encuentre pescando, cualquier otro pescador que llegue, debe separarse una distancia mínima de 10 metros del ya establecido. Solo si el pescador lo requiere!. En aguas trucheras solo se permite 1 caña y la separación entre pescadores aumenta a 20 metros. (Artículo 8. Orden general de vedas 2023).

6.- CEBOS:
Como regla general se prohibe la utilización de peces naturales y cangrejo rojo como cebos. (Anexo I. Ley de Flora y Fauna 8/2003). En el artículo 8 de la orden general de vedas 2023, aparecen los cebos autorizados, pero en la práctica es de forma orientativa (a no ser que se utilicen cebos contaminantes, o animales vivos vertebrados como patos).

7.- CEBADO DEL AGUA:
El Cebado del agua solo está permitido en concursos oficiales así como entrenamientos de dichos concursos. Esto no es ninguna novedad con respecto a la anterior normativa. 
Sin embargo, en esta orden de veda 2023, se especifica que los entrenamientos tendrás lugar en la misma localización de la competición oficial, y como mucho 15 días antes de la celebración del concurso, teniéndose que enviar la relación de personas inscritas a la Delegación de Medio ambiente por parte del club Federado en el momento de la confirmación del evento.

8.- ANZUELOS Y POTERAS:
El número máximo de anzuelos es 1 por caña. No permitiéndose el uso de ningún tipo de aparejo que supere el número de 1 anzuelo (palangres, sedales durmientes..) Queda Prohibida también la pesca al robo con todas sus variantes (pesca habitual para la captura de Albures, capitanes y Lisas). DE igual forma, queda prohibidas las poteras en cañas (Anexo I. Ley de Flora y Fauna 8/2003), (a excepción de las colocadas en señuelos artificiales (cucharillas, siliconas, peces artificiales..), para la pesca de depredadores (Lucios y Black Bass) en el arte de spinning) (artículo 8. Orden Genaral de Vedas 2023).

9.- REDES:
Quedan prohibidas las redes de cualquier tipo en toda Andalucía (incluidas nasas),

 10.- CANGREJO ROJO:
Queda prohibida la pesca del cangrejo rojo al ser especie invasora. De esta prohibición quedan excluidos los permisos especiales de industria alimentaria, que utilizan nasas cangrejeras para tal efecto (Disposición Adicional Primera, Orden General de Veda 2014)

11.- MEJILLÓN CEBRA
Para evitar la propagación del mejillón cebra, los pescadores deben desinfectar el material que se utiliza para la pesca.
La desinfección consiste en sumergir o fumigar todo el material que ha estado en contacto con el agua en agua con lejía al 1% (Unas 20 gotas de lejía por litro de agua, o bien 5 cc. de lejía  (una jeringuilla) por 5 litros de agua.

12.- REJONES, MANTAS, MOQUETAS DE RECEPCIÓN....
Los rejones, mantas, alfombras, moquetas de recepción, sacos de retención, cunas y sacos de pesaje solo podrán utilizarse en la celebración de campeonatos oficiales. Donde además deberán ser desinfectados antes y después de su uso.
Esta es otra medida contra la expansión del mejillón cebra.


13.- FORMAS DE PESCA PROHIBIDAS:
En nuestra comunidad en general solo se permite la pesca con caña. Toda forma de pesca alternativa (palos, a mano, arma de fuego, arcos y flechas, arpones, mariposeras... etc) quedan prohibidas y se consideran infracción grave. Artículo 80, ley de flora y fauna 8/2003.

14.- ESTRUCTURAS DE LAS PRESAS
Queda prohibida la pesca a menos de 200 metros de las entradas y salidas de escalas para peces, o de las infraestructuras de una presa, tanto aguas arriba como aguas abajo.


15.- EMBARCACIONES:
Las embarcaciones con más de 2.5 metros de eslora, deben tener NIRA (número de registro de Medio auxiliar de Pesca), y matriculación obligatoria, tanto a motor (eléctrico o de explosión), como sin motor, donde la matrícula debe ser claramente visible.

Los medios de navegación o flotación de menos de 2,5 metros de eslora, como patos, piraguas, kayaks, canoas, e hinchables rígidos o de fondo rígido, deben tener NIRA (Número de Registro de Medio Auxiliar de Pesca).

Especies que se permiten pescar en Andalucía

ESPECIES PESCABLES SIN PROTECCIÓN DE NÚMERO NI TALLA: CARPA, CARPÍN Y TRUCHA ARCOIRIS.



CARPA (Cyprinus carpio)

Especie PESCABLE sin protección (orden General de veda Andalucía/2023).
 Especie de origen asiático. Sin protección de tamaño y de número. Muy abundante en embalses y zonas bajas de río. Resistentes a zonas con poco oxígeno y aguas cálidas. Muy apreciada en nuestra pesca por número y tamaño. 
Actualmente introducida por en el catálago español de especies exóticas invasoras por decreto del tribunal supremo 637/2016. Por la ley 7/2018 a partir del 21 de Julio de 2018, esta especie es una especie invasora pescable en las zonas donde estuviera establecida antes del año 2007. 
Actualmente se considera que todas las zonas donde habitan, estaban establecidas antes del 2007, por lo que se pueden pescar sin problemas y devolver al medio allí donde habiten.
Sólo hay que tener en consideración, que al ser especie invasora no puede ser transportada con vida.





CARPÍN (Carassius gibelio)
/Especie PESCABLE sin protección.
 De origen asiático. Sin protección de tamaño o de número. No incluido en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras.  Abundante en  zonas bajas de río. Muy resisten a zonas con poco oxígeno. Hibridan con las carpas. colores diversos: naranjas, amarillos, plateados, negros..... Al estar muy cercano genéticamente a las carpas, pueden ser similares en formas en algunas ocasiones. Sin embargo, es fácil la distinción, ya que el carpín carece de "bigote" que si presenta la carpa.





TRUCHA ARCOIRIS (Oncorhynchus mykiss)

Especie PESCABLE sin protección.
Trucha de origen americano. Sin protección de talla, ni de número. Fácil de distinguir por tener el cuerpo cubierto de puntos negros, así se diferencia de la trucha común. 

Para la pesca en zonas trucheras es necesario que la licencia de pesca lleve un recargo de unos 3 euros/año. La pesca de la trucha se realiza con mosca (es obligatorio en Andalucía la pesca con cebo artificial en zonas trucheras, ver normativa), y no está permitido en estas zonas el cebado del agua bajo ningún concepto (ver normativa).

Actualmente introducida por en el catálago español de especies exóticas invasoras por decreto del tribunal supremo 637/2016, Por la ley 7/2018 a partir del 21 de Julio de 2018, esta especie es una especie invasora pescable sólo en los cotos de Trucha Arcoiris registrado en el Anexo II de la presente Orden General de Vedas de Pesca en Andalucía 2023.
En otros lugares fuera de estos cotos, no se permite su pesca por ser invasora, y en el caso de que se pesque de forma fortuita no puede ser devuelta al agua.








ESPECIES PESCABLES CON TALLA MÍNIMA: ALBURES, LUBINA, BAILA Y PLATIJA.



ALBURES (Liza spp.)

Especie PESCABLE CON TALLA MÍNIMA.
Distintas especies de la misma familia: múgiles (Lisa Común, capitán, albur..), todas muy parecidas. Conocidas comúnmente en la pesca continental por Albures. Conocidas en la pesca marítima como Lisas. Se pueden pescar, pero hay que respetar su talla mínima (25 cms.). Su picada es una leve absorción, por lo que su pesca se realiza con masilla líquida y anzuelo pequeño. Es fácil que la masilla tenga que ponerse en el anzuelo con una jeringuilla de alimentación, por la dificultad de manipulación que conlleva la masilla "floja". Quedan prohibidas la pesca "Al robo", con la que suelen atraparse estas especies, así como la búsqueda deliberada y exclusiva de sus  huevas.





LUBINA O ROBALO (Dicentrarchus labrax)

Especie PESCABLE CON TALLA MÍNIMA
Especie que entra del mar, suben río arriba para alimentarse fundamentalmente de pequeños peces. Es depredador. En el guadalquivir suelen subir hasta la presa de Alcalá del Río. El Otoño es buena época para apreciar la subida de las lubinas río arriba. Se pueden pescar, pero hay que respetar su talla mínima (36 cms.).Fácil de distinguir por la marca negra en el opérculo branquial.




BAILA (Dicentrarchus punctatus)

Especie PESCABLE CON TALLA MÍNIMA.
Especie que entra del mar, suben río arriba para alimentarse fundamentalmente de pequeños peces. Es depredador. La subida por los ríos no es tan acusada como la de la lubina. Especie pescable con talla mínima de 36 cms. Fácil de distinguir por las pecas presentes en la mitad superior del pez.







PLATIJA (Platichtys flesus)

Especie PESCABLE CON TALLA MÍNIMA.
Especie de fondo, presente en las zonas finales de los río, desembocaduras fundamentalmente. Pasa mucho tiempo depositado en los fondos arenosos, por lo que la pesca con caña es poco habitual por su falta de movilidad. Con talla mínima de 25 cms.





ESPECIES PESCABLES CAPTURA Y SUELTA: BARBO, BOGA DE RÍO Y TRUCHA COMÚN.




BARBO GITANO (Luciobarbus spp)

Especie PESCABLE captura y suelta.
Tenemos 3 especies de barbos en Andalucía: Gitano, Picón y cabecicorto. Todos ellos son captura y suelta (ninguno se puede llevar para comer). El barbo gitano es el más abundante, repartido por toda Andalucía sobre todo en los tramos medios-altos y en embalses. El picón se encuentra en zonas puntuales como el Guadiana (Huelva). El Cabecicorto es el menos abundante, centrándose en zonas concretas como el bajo Guadiana (Huelva). El Gitano y el picón son peces de fondo, mientras que el cabecicorto se pesca a media agua. Son fundamentalmente insectívoros, pero entran a todo tipo de cebos: insectos e invertebrados, vegetales (masilla y maiz), señuelos artificiales... etc. Estas tres especies de barbos tiene veda, que se cierra fundamentalmente en primavera, pero para la pesca de aficionados no tiene repercusión, ya que al ser captura y suelta, las capturas de estos son devueltas al agua independientemente que tengan veda abierta o cerrada.







BARBO PICÓN

Especie PESCABLE captura y suelta.
Muy parecido al barbo gitano, coge tamaños similares y es fundamentalmente especie de fondo al igual que aquel. Resalta su boca alargada (en forma de pico), característica que lo diferencia claramente del gitano. Captura y suelta. Localizado en  Río Guadiana.







BARBO CABECICORTO

Especie PESCABLE captura y suelta.
El más diferente de los tres. Especie de menor tamaño que los otros dos y básicamente pez de media agua (no de fondo como anteriores). Se desplaza en bandos y es difícil de encontrar en Andalucía. Se localiza en el río Guadiana. Captura y suelta.







BOGA DE RÍO (Pseudochondrostoma willkommii)

Especie PESCABLE captura y suelta.
Especie captura y suelta, típica de zonas de aguas de buena calidad (no contaminadas), normalmente en aguas altas y embalses de sierra. Se mueve en bandos a media agua, donde puede pescarse con cebos diversos, vegetales (masilla), insectos e invertebrados.






TRUCHA COMÚN (Salmo trutta)

Especie PESCABLE captura y suelta.
Especie captura y suelta. Muy reducida en hábitats de alta montaña, aguas frías y muy oxigenadas. Difícil de encontrar en Andalucía. Se identifica por puntos rojizos y azules en los costados del pez. Reducida su pesca a zonas trucheras donde el pescador necesita unos requisitos particulares (ver Normativa). Especie con veda: veda abierta en primavera- verano, veda cerrada en otoño-invierno. Para la pesca en zonas trucheras es necesario que la licencia de pesca lleve un recargo de unos 3 euros/año. La pesca de la trucha se realiza con mosca (es obligatorio en Andalucía la pesca con cebo artificial en zonas trucheras, ver normativa), y no está permitido en estas zonas el cebado del agua bajo ningún concepto (ver normativa).


ESPECIES PESCABLES INVASORAS. SÓLO PERMITIDA SU PESCA EN ALGUNA ZONA: BLACK BASS Y LUCIO




LUCIO (Esox lucius)

Especie PESCABLE EN ZONAS. Invasor
Especie invasora de origen centro europeo, introducida en la península ibérica para la pesca deportiva. Depredador de profundidad. Hasta la nueva ley de especies invasoras (Julio 2018) solo pescable con licencia Federativa. Hasta la aparición de esta nueva ley, el pescador no federado tenía que tratarlo como una especie invasora y darle muerte.
Por la ley 7/2018 a partir del 21 de Julio de 2018, esta especie será  una especie invasora pescable en las zonas donde estuviera establecida antes del año 2007. Será incluida dentro de las especies denominadas "naturalizadas" (ver la sección de novedades, donde aparece la nueva ley de especies invasoras en España, Julio 2018).  Las zonas donde esta permitida su pesca vienen reflejadas dentro de está página web en la sección "Zonas libres de Pesca Para el Balck Bass y Lucio en Andalucía".

Al ser depredador, es muy típica la pesca con pez artificial (prohibida la pesca con pez vivo en Andalucía, ver apartado de normativa). Suele moverse por zonas profundas, por donde busca a sus piezas, aunque algunos embalses tienen profundidad suficiente muy cerca de las orillas. Se alimenta de peces, anfibios, aves y pequeños mamíferos acuáticos. Puede llegar a más de 2 metros de longitud. Su boca está llena de afilados dientes, de ahí que su pesca se realice básicamente con bajos de línea de acero. Su época de máxima actividad en nuestra región es invierno, al contrario que la mayoría de nuestras especies.







BLACK BASS (Micropterus salmoides)

Especie PESCABLE EN ZONAS. Invasor
Especie invasora de origen americano, introducida en la península ibérica para la pesca deportiva. Depredador de poca profundidad. Hasta la nueva ley de especies invasoras (Julio 2018) solo pescable con licencia Federativa. Hasta la aparición de esta nueva ley, el pescador no federado tenía que tratarlo como una especie invasora y darle muerte.
Por la ley 7/2018 a partir del 21 de Julio de 2018, esta especie es una especie invasora pescable en las zonas donde estuviera establecida antes del año 2007. Será incluida dentro de las especies denominadas "naturalizadas" (ver la sección de novedades, donde aparece la nueva ley de especies invasoras en España Julio/2018).  Las zonas donde esta permitida su pesca vienen reflejadas dentro de está página web en la sección "Zonas libres de Pesca Para el Balck Bass y Lucio en Andalucía".

 Al ser depredador es típica la pesca con la modalidad de spinning (utilizando señuelos tipo: cucharillas, siliconas y demás artificiales) (les atrae el movimiento). Si bien los bass jóvenes entran en cualquier tipo de modalidad con diversos tipos de cebos, incluso pescando a boya. Al ser animales de poca profundidad y territoriales, los ejemplares de tamaños similares se reparten cerca de las orillas a lo largo de los embalses y masas de aguas, por lo que su pesca implica caminata orilleando, buscando los territorios ocupados por buenos ejemplares.
La época de reproducción (abril-junio), es un momento complejo para el bass. El macho cuida de la puesta cerca de la orilla, y si paseamos por los márgenes de los embalses es fácil verlo quieto junto a la puesta, a poca profundidad. Si le damos movimiento al señuelo en ese momento, el macho puede entrar (para defender el nido, no para alimentarse), y la retirada del macho implica la pérdida casi asegurada del nido por depredación. Aunque obviamente no tienen veda legal al ser invasores, los aficionado procuran no pescarlos en estos momentos. Se alimentan de peces, anfibios, pequeñas aves y pequeños mamíferos, pero a diferencia del lucio no tienen dientes fuertes y afilados por toda la boca que desgarren la presa, sino una fila de dientes que hace función de anclaje, por lo que debe tragarse las presas enteras. Gastronómicamente, es de las especies más apreciadas de la pesca continental.