jueves, 27 de abril de 2023

APARCAR EN ZONAS INUNDABLES Y ESTADO DE EMBALSES

 

coche aparcado en orilla del embalse


Hola a todos. En estos días de sequía que padecemos, es fácil que al estar los niveles de los embalses tan bajos, para llegar a la orilla del embalse haya que bajar una decenas de metros hasta alcanzar el agua.
En esta situación, y cuando el terreno lo permite, lo que todo el mundo piensa es llevar el coche hasta el mismo borde del agua y realizar la pesca junto al vehículo, que es lo más cómodo y lo más lógico.
Sin embargo, debéis recordar que esta prohibido aparcar en las zonas inundables de los embalses, es decir, lo que sería hasta el 100% de la capacidad del embalse. Porcentaje en el que es muy difícil que lleguen nuestros embalses. 



Lo correcto en estos casos sería, bajar el coche con las cosas de la pesca, descargar, y volverlo a subir hasta la zona aproximada que pensemos no inundable por las aguas del embalse.

Es cierto que en muchas ocasiones, el Seprona no se detienes en llamar la atención o en denunciar a los que tienen el coche en esta situación,  sin embargo, no os confiéis y procurad alejarlo un poco de la orilla para evitar sorpresas desagradables.



Por otro lado, y visto lo mal que se nos plantea el asunto del agua, vamos a seguir poniendo los niveles en los que se encuentran nuestros embalses actualmente, por si queréis salir de pesca podáis elegir mejor.



Que tengais una buena pesca, un abrazo

Javier Troncosco





jueves, 23 de marzo de 2023

ES LEGAL LA PESCA DEL CANGREJO AZUL?

 

Cangrejo Azul (Callinectes sapidus)

Me preguntan mucho por la legalidad o no de las capturas de Cangrejo Azul (Callinectes sapidus), os paso a informar para que conozcáis las limitaciones existentes al respecto.

El cangrejo Azul es originario de la costa occidental de océano atlántico (desde norte América hasta Argentina), su alimentación es amplia, desde plantas, hasta animales como almejas, coquinas, pequeños peces, cualquier tipo de carroña...etc. Entre sus posibles depredadores se encuentra la Anguila  (esperemos que su presencia en nuestras aguas al menos sea beneficioso para nuestras castigadas anguilas).

Es desconocido el impacto que puede crear en nuestras especies de aguas continentales la aparición de una especie invasora como este cangrejo, por lo que no nos cansamos de recordar la importancia de no introducir o fomentar la expansión de cualquier tipo de animal invasor en nuestro medio

Aunque es un cangrejo marino, su presencia en los estuarios, marismas y zonas bajas de los ríos es asidua, y en estas zonas es capaz de alimentarse y desarrollarse sin dificultad. En la actualidad se encuentra extendido por toda la costa andaluza, marismas y zonas bajas de innumerables ríos de nuestra región.



Cangrejo Azul (Callinectes sapidus)

En cuanto a la legalidad de su captura: A día de hoy, no lo tenemos inscrito en el Catálago Español de Especies Exóticas Invasoras (lleva poco tiempo entre nosotros), por lo que no tenemos una prohibición específica para su captura. 

Capturas de cangrejo azul (Callinectes sapidus)

En el caso de que lo incluyeran en este catálogo, automáticamente estaría prohibida su pesca, como todas las especies invasoras de aguas continentales, exceptuando las consideradas naturalizadas (que pueden pescarse con limitaciones), esto es debido a que la pesca de las especies invasoras suele conllevar su extensión más que su eliminación.

Es por esto que de momento, es posible capturarlos. Eso si, es importante, para no tener problemas con las autoridades dos cuestiones. 

La primera es el método de captura, No puede llevarse a cabo con métodos de capturas prohibidos, como por ejemplo una Nasa (sin autorización de cangrejeros) u otros tipos de trampas o redes, prohibidas en la pesca en aguas continentales. Muchos pescadores lo capturan con cuerdas y carne de pollo.

Nasa, Método de Captura prohibido

La segunda cuestión es que está prohibida absolutamente la venta de las especies procedentes de agua continentales. Esto además sería un problema sin pasar por un control sanitario.

Con todo esto, la realidad es que en la actualidad se captura tanto en las zonas de costa, como en Marismas, como en las zonas bajas de los ríos andaluces, ya que se extiende casi por todo el litoral andaluz. Y cada vez hay más personas que hablan de la excelencia de su carne.


Cangrejo Azul cocinado



sábado, 4 de febrero de 2023

NUEVA ORDEN GENERAL DE VEDA PESCA CONTINENTAL ANDALUCÍA 2023

 Buenas a todos, como imaginamos sabéis, ha salido la nueva Orden general de Vedas de Pesca Continental en Andalucía 2023. De esta Orden, hemos destacado algunas modificaciones relevantes que han variado con respecto a la Orden pasada del 2014, y os lo aclaramos en los siguientes puntos:


1. ESPECIES PESCABLES


A) ESPECIES CAPTURA Y SUELTA:
Barbo
Boga de Río
Trucha Común

B) ESPECIES CON TALLA MÍNIMA:
Albur, Capitán y Liseta: (25 cms.)
Lubina (36 cms.)
Baila (36 cms)
Platija (25 cms).

C) ESPECIES SIN PROTECCIÓN ESPECÍFICA:
Carpín
Black Bass (Invasora. Solo legal su pesca y devolución en masas de agua donde existía antes del 2007- Véase sección de esta web "Zonas libres de pesca Para Black Bass y Lucio en Andalucía". 
Lucio (Invasora. Solo legal su pesca y devolución en masas de agua donde existía antes del 2007- Véase sección de esta web "Zonas libres de pesca Para Black Bass y Lucio en Andalucía".
Carpa (Invasora. Permitida su pesca y devolución en cualquier zona de pesca donde habite. Prohibido su transporte con vida).
Trucha Arco Iris. (Solo permitida su pesca y devolución en cotos de pesca de Trucha Arco Iris. Presente en Anexo II de la presente orden)

La diferencia con respecto a  la anterior normativa: 
Salen de especies pescables la Tenca y el Cacho, y pasan a ser especies protegidas. NO pescables.


2. ANZUELOS Y SEÑUELOS

Solo se permite 1 anzuelo por Caña y 1 solo anzuelo triple (potera) para señuelos artificiales

Este punto nos parece una medida absurda, sin un sentido práctico, sobre todo en el caso de las porteras en señuelos. Muchos señuelos vienen con dos pequeñas poteras, y pueden ser de utilidad sobre todo en el caso del Lucio, Que sentido tiene prohibirlas?. 



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3. MEDIDAS CONTRA EXTENSIÓN MEJILLÓN CEBRA
Para evitar la propagación del mejillón cebra, los pescadores deben desinfectar el material que se utiliza para la pesca.
La desinfección consiste en sumergir o fumigar todo el material que ha estado en contacto con el agua en agua con lejía al 1% (Unas 20 gotas de lejía por litro de agua, o bien 5 cc. de lejía  (una jeringuilla) por 5 litros de agua.




4. Utilización del Rejón

Los rejones, mantas, alfombras, moquetas de recepción, sacos de retención, cunas y sacos de pesaje solo podrán utilizarse en la celebración de campeonatos oficiales. Donde además deberán ser desinfectados antes y después de su uso.
Esta es otra medida contra la expansión del mejillón cebra.

Si ya obligan a fumigar o desinfectar el material, por que prohiben la utilización de todos estos medios auxiliares de pesca?. El carp fishing no federativo se va a ver muy afectado por este punto. NO es justo.




5. Cebado del Agua

El Cebado del agua solo está permitido en concursos oficiales así como entrenamientos de dichos concursos. Esto no es ninguna novedad con respecto a la anterior normativa. 
Sin embargo, en esta orden de veda 2023, se especifica que los entrenamientos tendrás lugar en la misma localización de la competición oficial, y como mucho 15 días antes de la celebración del concurso, teniéndose que enviar la relación de personas inscritas a la Delegación de Medio ambiente por parte del club Federado en el momento de la confirmación del evento.





6. Infraestructuras de Las Presas

Queda prohibida la pesca a menos de 200 metros de las entradas y salidas de escalas para peces, o de las infraestructuras de una presa, tanto aguas arriba como aguas abajo.

Según opinamos es una barbaridad una distancia de 200 metros. Es demasiada distancia para según que embalses. En la anterior normativa 2014 la distancia de pesca  con respecto a la Presa de Alcalá del Río que es una de las más problemáticas era de 50 metros, según se especificaba en la Disposición Adicional segunda. 



7. Embarcaciones de pesca
Las embarcaciones con más de 2.5 metros de eslora, deben tener NIRA (número de registro de Medio auxiliar de Pesca), y matriculación obligatoria, tanto a motor (eléctrico o de explosión), como sin motor, donde la matrícula debe ser claramente visible.

Los medios de navegación o flotación de menos de 2,5 metros de eslora, como patos, piraguas, kayaks, canoas, e hinchables rígidos o de fondo rígido, deben tener NIRA (Número de Registro de Medio Auxiliar de Pesca).


Seguiremos contando las novedades de esta nueva Orden General de Vedas de Pesca Continental en Andalucía del 2023.

Un abrazo a todos y buena pesca!!